El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que Google no tiene que aplicar a nivel mundial el llamado «derecho al olvido« por el que los internautas pueden solicitarle al buscador que borre contenidos que les afecten negativamente.
Significa que la empresa solo está obligada a eliminar los enlaces relacionados en sus resultados de búsqueda dentro Europa, y no en otros lugares del mundo.
El fallo surge tras una disputa entre Google y la Comisión Nacional de Informática y de las Libertades (CNIL, por sus siglas en inglés), un organismo independiente de Francia, cuya misión es garantizar que la ley de privacidad se aplique a la recopilación, almacenamiento y uso de datos personales.
En 2015, la CNIL ordenó a Google que eliminaraen todo el mundo la lista de resultados de búsqueda que contuviera información dañina o falsa sobre una persona.










