Coberturas

Unión Europea debate si enlaces a sitios web son una forma de apropiarse de contenido ajeno

Por Elena Miranda

Publicado el 30 de noviembre del 2012

 

VPA Internet

Si una persona pone en su página web un link a otro sitio, ¿realiza un acto de comunicación pública o se está apropiando de una obra ajena? Esta es una de las preguntas que deberá responder el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ante una demanda planteada por un órgano judicial sueco.

La demanda se articula en torno a las siguiente interrogantes:

1 ¿El enlace es un acto de comunicación pública? Para otorgarle este calificativo, consideran que deben tener en cuenta el tipo de enlace y la forma de acceso a la obra enlazada: si una vez que el usuario haya hecho clic en el enlace, este se presente en otra página web o se presente de modo que parezca que se encuentra en la misma página.

2 Si un enlace es un acto de comunicación pública, ¿los Estados están facultados para otorgar al autor una protección más amplia de su derecho exclusivo, permitiendo que la comunicación al público comprenda más actos que los derivados de las normas relativas a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y otros derechos afines en la sociedad de la información?

Aunque en España los jueces ya han respondido estas preguntas de manera negativa, el diario El Mundo destaca que el año pasado se pronunciaron haciendo una diferenciación “entre enlaces  a obras compartidas mediante redes P2P, para considerar que estos no suponen comunicación pública, y los enlaces a obras compartidas mediante sistemas de descarga directa que, en cambio, sí tendrían la consideración de comunicación pública”.

Para la mayoría de usuarios de Internet, incluir un enlace a otra página es una manera de citar la fuente original de información. Sin embargo, para muchos autores de la página enlazada esto no es suficiente, pues consideran que el solo hecho de poner un enlace es una manera de explotar su obra sin considerar sus derechos de autor. Entonces aquí también cabría preguntarse si un link se pone o no con fines de lucro. ¿Cómo medir esto?

Los magistrados de la Unión Europea tienen en sus manos un caso bastante complejo para el que tendrán que recurrir no solo a sus conocimientos legales y a su buen juicio sino también al de los expertos en Internet. Su fallo podría sentar un precedente sobre los enlaces, un tema que nos toca a todos lo que nos movemos en el entorno digital.

Con información de ABC y El Mundo.

Publicado por:

Periodista.

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