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Multan a siete medios de Ecuador por esta increíble razón

Por @cdperiodismo

Publicado el 21 de abril del 2017

La cuestionada Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) de Ecuador impuso una multa de USD 3.750 a siete medios ecuatorianos por “censura previa” al no difundir un reportaje del diario argentino Página 12 que vinculaba al opositor Guillermo Lasso con empresas en paraísos fiscales.

“Se omitió a la ciudadanía dicha información por lo que se incurrió en censura previa, razón por la que se sanciona a los medios con diez salarios básicos y se los motiva a mejorar sus prácticas periodísticas”, dijo el titular de la Supercom, Carlos Ochoa.

Los medios sancionados, tras una denuncia interpuesta por el Observatorio Ciudadano por una Comunicación de Calidad, son los diarios El Comercio, La Hora, Expreso, El Universo, y los canales de televisión Televicentro, Teleamazonas y Ecuavisa.

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En “Lasso, el magnate de las offshore”, el reportaje del diario izquierdista argentino que coincide con la gestión de Rafael Correa, denunciaba que el candidato de derecha está asociado a 49 empresas en paraísos fiscales. Se publicó el 15 de marzo.

Se acusaba a Lasso, expresidente del Banco de Guayaquil, de haberse enriquecido con la especulación con los bonos emitidos tras el feriado bancario en 1999, considerada la mayor crisis financiera en Ecuador.

La Supercom recuerda que Página 12 “es uno de los principales medios multimedia de Argentina” y que la “ley dispone abstenerse de omitir, intencionalmente, información de relevancia pública o interés general”.

“¿El patrimonio de un candidato a la presidencia, sus orígenes y el lugar donde este se encuentra, es o no un hecho de interés público?”, dijo Ochoa en una conferencia de prensa, donde no permitió las preguntas de los periodistas.

Resolución de La Supercom No. 006-2017-DNJRD-InPS Del 21 Abril Del 2017 by cdperiodismo on Scribd

CUESTIONAN REPORTAJE

En la audiencia del caso, El Comercio argumentó en la Supercom que la publicación de Página 12 no cumplía con el artículo 22 de la Ley Orgánica de Comunicación vigente, que exige a los medios publicar notas periodísticas contrastadas, verificadas, precisas y contextualizadas.

El Comercio precisó en su defensa que desde el 10 de marzo del 2017 entró en vigencia la campaña electoral, regulada por el Código de la Democracia, el cual en su artículo 203 señala que los medios deben abstenerse de hacer promoción directa o indirecta a través de reportajes especiales o cualquier otra forma de mensaje, que tiendan a incidir a favor o en contra de determinado candidato.

La ley de Comunicación, cuestionada por organizaciones internacionales y locales de libertad de prensa, surgió de una consulta popular y es defendida por Correa como un freno a los abusos de los medios privados, a los que suele identificar como su mayor opositor.

CONDENABLE

La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) denunció nuevamente el uso de la Ley Orgánica de Comunicación de Ecuador como arma de persecución en contra de los medios de comunicación ecuatorianos, a los que el gobierno de Rafael Correa acusa de no reproducir la noticia de Página 12  en contra del candidato de la oposición durante las recientes elecciones presidenciales.

La SIP calificó de insólito el proceso iniciado por la Superintendencia de Información y Comunicación (Supercom), el brazo ejecutor de la Ley Orgánica de Comunicación, que asumió una denuncia del presidente Rafael Correa durante una de sus sesiones sabatinas.

Correa denunció públicamente que varios medios ecuatorianos no se hicieron eco de una noticia que el diario Página 12 de Buenos Aires publicó sobre el candidato electoral de la oposición, Guillermo Lasso.

El presidente de la SIP, Matt Sanders, editor senior y gerente general del Deseret Digital Media, de Salt Lake City, Utah, dijo que “estamos ante un caso insólito en el que se usa la ley mordaza del Ecuador para castigar por omisión a los medios de su país. Pese a que el presidente Correa invoca el tema de censura previa, lo que estamos viendo es cómo se viola sistemáticamente el derecho de los medios a su libertad de criterio editorial”.

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